ANUNCIO de 6 de noviembre de 2017, sobre publicación de las bases de la convocatoria para cubrir una plaza de guía laboral en régimen de contratación temporal del Consorcio Museo Vostell Malpartida mediante el sistema de concurso-oposición.
   
  BASES PARA CUBRIR UNA PLAZA DE GUÍA LABORAL EN RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN TEMPORAL DEL CONSORCIO MUSEO VOSTELL MALPARTIDA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION.

1.- NORMAS GENERALES

Se convocan pruebas selectivas para la provisión de UNA PLAZA DE GUÍA DEL CONSORCIO MUSEO VOSTELL MALPARTIDA (en adelante C.M.V.M.) laboral temporal, categoría profesional Grupo II, y régimen de retribuciones según V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Junta de Extremadura, mediante procedimiento de concurso-oposición.

2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

a) Ser español o ciudadano de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 90 de la Lay 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, sobre el acceso al empleo público de nacionales de otros Estados..
b) Estar en posesión del Grado Universitario o equivalente de alguna de estas especialidades: Turismo, Historia o Historia del Arte.
c) Disponer de un nivel mínimo de inglés B2 o equivalente acreditado por un organismo oficial.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el normal desarrollo de las funciones a desempeñar.
e) No haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de la función pública.
f) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán cumplirse a la fecha de la convocatoria, mantenerse durante el desarrollo del procedimiento hasta la formalización del contrato y acreditarse, en caso de ser designado para el puesto, del modo que se indica en las presentes bases.

3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

La preselección de los candidatos se realizará mediante los siguientes procedimientos:
a) Un sondeo entre los demandantes inscritos en el Centro de Empleo 2 del SEXPE en Cáceres.
A efectos de la realización de este sondeo, el Consorcio Museo Vostell Malpartida efectuará al SEXPE la correspondiente oferta de empleo, en la que se indicará el puesto a cubrir, así como los requisitos que deben reunir los candidatos que figuran en el punto 2 de estas bases.
Los aspirantes preseleccionados por el SEXPE que deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán asistir el día que se les cite a las dependencias que el Consorcio Museo Vostell Malpartida mantiene abiertas en Malpartida de Cáceres (Cáceres) en el Museo Vostell Malpartida, en Carretera de Los Barruecos, s/n. y entregar la carta de citación del SEXPE, copia del DNI, una ficha con los datos personales y de contacto, y acreditación de los requisitos b y c recogidos en el punto 2 de estas bases.
b) Aspirantes que hayan presentado instancia de solicitud en los términos previstos en las presentes bases.
Los aspirantes que deseen tomar parte en el proceso selectivo formularán su solicitud en instancia cuyo modelo figura en Anexo II de estas bases, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las instancias. Dichas solicitudes se dirigirán al Director Gerente del Consorcio Museo Vostell Malpartida, y se presentarán en el Centro de trabajo que el Consorcio Museo Vostell Malpartida mantiene abierto en Malpartida de Cáceres (Cáceres) en la Carretera de los Barruecos, s/n., o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en la sección de noticias y novedades de la página web del C.M.V.M. https://museovostell.juntaex.es, Facebook, Instagram y tablón de anuncios del centro de trabajo del Consorcio Museo Vostell Malpartida antes mencionado.

Los aspirantes que posean alguna discapacidad deberán indicarla, así como el tipo por la que están afectados, debiendo solicitar en ese momento, si lo estiman conveniente, las adaptaciones en tiempo y medios necesarios para la realización de los ejercicios de selección. Quedará a criterio del Tribunal valorar la procedencia y alcance de la adaptación solicitada el cual ponderará si la misma no conculca el principio de igualdad. El Tribunal podrá pedir asesoramiento de los órganos técnicos competentes.

4.- ADMISIÓN DE CANDIDATOS

1.- Lista provisional de admitidos.
Una vez recibidos los aspirantes preseleccionados por el SEXPE y las solicitudes de aspirantes, el Tribunal dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de instancias, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. La resolución, que se publicará en la sección de noticias/novedades de la página web https://museovostell.juntaex.es y en el tablón de anuncios del C.M.V.M., contendrá la relación alfabética de los aspirantes admitidos y excluidos, así como las causas de exclusión.

2.- Los aspirantes excluidos, así como los omitidos de la lista provisional de admitidos, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de la lista provisional, para formular alegaciones y presentar los documentos justificativos. En caso de reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y expuesta, asimismo, en la forma indicada anteriormente.

3.- Finalizado el plazo a que se refiere el párrafo anterior, y una vez resueltas las alegaciones presentadas, se dictará resolución aprobatoria de las listas definitivas, en la que se determinará el lugar, día y hora del comienzo de los ejercicios.

5.- COMPOSICIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL

El Tribunal Calificador estará constituido por cinco miembros con sus respectivos suplentes. La composición del Tribunal calificador será la siguiente:

Presidencia:
Titular: Dña. Esther Jiménez Hernández
Suplente: Dña. Josefa Cortés Morillo

Secretaría:
Titular: D. Alberto Flores Galán
Suplente: Dña. Anabel Vargas Hurtado

Vocales:

Representante de la Junta de Extremadura
Titular: D. Francisco Javier Serrano Rodríguez
Suplente: Dña. María Teresa Muro Castillo

Representante de la Diputación de Cáceres
Titular: Dña. Felicidad Rodríguez Suero
Suplente: Dña. Mª Jesús Herreros de Tejada

Representante del Ayuntamiento de Malpartida de Cáceres
Titular: Dña. Mª Paz Leo Arroyo
Suplente: Dña. Carmen Domínguez Pedrera

La composición del Tribunal será predominantemente técnica y todos poseerán titulación igual o superior a las exigidas para la plaza convocada. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y profesionalidad. A iniciativa de cada central sindical podrán estar presentes, durante la totalidad del proceso selectivo, un observador por cada una de las centrales u organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

De acuerdo con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, la composición del Tribunal se adaptará al criterio de paridad entre mujeres y hombres.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán a la colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar válidamente sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia de la Presidencia y Secretaría. Su actuación habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria, resolviendo por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de la prueba, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en la misma en todo lo no previsto en las bases.

Los componentes del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo, notificándolo a la autoridad convocante, cuando se dé alguna causa de abstención señalada en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los aspirantes podrán recusarlos atendiendo al artículo 24 de la Ley 40/15. No podrá formar parte del Tribunal el personal que, en el ámbito de actividades privadas, hubiesen realizado tareas de formación o preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la presente convocatoria.

En todo lo no previsto expresamente en estas bases, será de aplicación a los Tribunales Calificadores lo dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y supletoriamente, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Las resoluciones del Tribunal vinculan al Consorcio Museo Vostell Malpartida sin prejuicio de que éste, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en el Título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.

6.- ACTUACION DE LOS ASPIRANTES

1.- Actuación de los aspirantes.

El orden de actuación de los aspirantes en el ejercicio que no se pueda realizar conjuntamente se iniciará por aquel aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “C”, resultante del último sorteo realizado el día 14 de julio de 2017, por la Junta de Extremadura (DOE nº 141 de 24 de julio de 2017). Los aspirantes que serán convocados para el ejercicio, en llamamiento único, deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad.

La no presentación de un aspirante al ejercicio en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo, quedando excluido, en consecuencia, del procedimiento selectivo. No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente justificado y así lo aprecie el Tribunal, se podrá examinar a los aspirantes afectados/as por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente o, de haber finalizado, cuando no entorpezca el desarrollo de la convocatoria con perjuicio para el interés general o de terceros.

2.- Calendario de la prueba de oposición.

Junto con la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de la prueba de oposición en un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.

3.- Publicación de anuncios.

Una vez comenzada la prueba selectiva todos los anuncios sucesivos relacionados con la convocatoria se harán públicos en la página web https://museovostell.juntaex.es y en el tablón de anuncios de este C.M.V.M.

7.- SISTEMA SELECTIVO

El procedimiento de selección de los aspirantes será concurso-oposición. La fase de oposición ponderará un 60% y la de concurso 40 %.

FASE DE OPOSICION (60 puntos)

Ejercicio único: (60 puntos)

Consistirá en contestar un cuestionario (tipo test) de 65 preguntas, con una respuesta correcta de entre 4 posibles. De las 65 preguntas, 5 serán de reserva y sólo se valorarán en el supuesto en que se anule alguna de las preguntas. Si se produce la anulación, se seguirá estrictamente el orden de las 5 preguntas de reserva.

El contenido del tipo test se ajustará al temario que se indica como Anexo I. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 60 minutos.

Sistema de puntuación del ejercicio.

La prueba de tipo test que se realice, se valorará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 30 puntos para superar esta fase. Las respuestas correctas se valorarán con 1 punto. Las respuestas incorrectas restarán 0,25 puntos. Las respuestas no contestadas no se valorarán.

Finalizado y calificado este ejercicio, el Tribunal hará público en la web y tablón de anuncios la relación de los aspirantes que hayan superado el mismo, con especificación de la puntuación alcanzada, otorgándose un plazo de tres días hábiles a efectos de formular alegaciones y presentar cuantos documentos estimen pertinentes. Transcurrido el plazo de reclamaciones, se publicará el listado con la puntuación definitiva de los aspirantes continuando la siguiente fase.

Contra dicho acto sólo cabrá la interposición de los recursos administrativos correspondientes que no interrumpirán ni afectarán a la continuación del procedimiento.

A partir de este momento, en un plazo de 48 horas, los aprobados tendrán que poner a disposición del Tribunal la documentación que justifique la experiencia profesional y formativa según consta en la fase de concurso.

FASE DE CONCURSO (40 puntos)

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará una vez finalizada la fase de oposición y sólo se aplicará a los aspirantes que hayan superado ésta. Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo, hasta un máximo de 40 puntos.

a) Experiencia profesional (máximo 12 puntos):

Por servicios prestados en administraciones públicas o empresas privadas, en puestos con las mismas o similares funciones como guía o técnico de las especialidades solicitadas perteneciente al Grupo II, hasta la fecha de presentación de la documentación, se otorgarán 0,15 puntos por cada mes completo de servicios efectivo.

Se despreciarán los periodos de tiempo que no lleguen al menos a un mes completo.

Acreditación de la experiencia:

Los servicios prestados se acreditarán de la siguiente forma: Contrato de trabajo, documento público suficientemente acreditativo o certificado expedido por la administración pública o empresa privada contratante; así como la vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social para su constatación (siendo este último documento necesario y complementario de los anteriores, sin que sea suficiente por sí sólo, para la acreditación de tales circunstancias). El Tribunal podrá no valorar aquellos servicios aducidos de forma insuficiente o incorrecta. Las personas aspirantes deberán presentar fotocopias debidamente compulsadas de los mismos.

b) Actividad Formativa (máximo 8 puntos):

Se valorarán los cursos de formación recibidos e impartidos y que sean acreditados hasta la fecha de presentación de la documentación, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del puesto al que se pretende acceder y que hayan sido organizados u homologados por administraciones públicas o entidades privadas debidamente homologadas..

- Hasta un máximo de 20 horas: 0,10 puntos.
- De 21 a 50 horas: 0,20 puntos.
- De 51 a 75 horas: 0,30 puntos.
- De 76 a 100 horas: 0,40 puntos.
- De 101 horas en adelante: 0,50 puntos.

Aquellos cursos recibidos por los aspirantes en los que no se especifique el número de horas serán valorados con 0,05 puntos.

Acreditación de los cursos:

Los cursos recibidos serán justificados con el correspondiente certificado y/o diploma del curso en el que consten las firmas del responsable de la entidad que imparte el curso, así como mención expresa del contenido y la duración expresada en horas. Las personas aspirantes deberán presentar fotocopias debidamente compulsadas de los cursos.

c) Habilitación Guía Oficial de Turismo (máximo 5 puntos)

Se valorará con cinco puntos la habilitación de Guía Oficial de Turismo, expedida hasta la fecha de presentación de la documentación.

Acreditación de la habilitación:

La habilitación de Guía Oficial de Turismo se acreditará mediante fotocopia compulsada del certificado o carnet oficial expedido por el organismo competente en la materia.

d) Conocimiento de idiomas (máximo 10 puntos).

Por conocimientos de idiomas diferentes al demandado en los requisitos de los aspirantes (B2 de inglés), se valorará el nivel máximo acreditado de la siguiente forma:

Inglés: C1: 2 puntos.
Alemán: C1: 2 puntos. B2: 1´5 puntos. B1: 1 punto.
Francés: 2 puntos. B2: 1´5 puntos. B1: 1 punto.
Portugués: 2 puntos. B2: 1´5 puntos. B1: 1 punto.
Otros idiomas en cualquiera de estos niveles: 1 punto (hasta un máximo de 2 puntos)

Acreditación de los conocimientos de idiomas:

El conocimiento de idiomas será justificado con el correspondiente certificado y/o diploma del nivel realizado expedido por organismo oficial. Las personas aspirantes deberán presentar fotocopias debidamente compulsadas de los mismos.

e) Otros títulos (máximo 5 puntos)

Por otros títulos universitarios, másteres oficiales y cursos de posgrado distintos de los exigidos como requisito para el acceso a esta plaza, se valorará con 2,5 puntos cada uno de los acreditados.

Acreditación de otros títulos:

Los títulos universitarios, másteres oficiales y cursos de posgrado serán justificados con el correspondiente certificado y/o diploma Las personas aspirantes deberán presentar fotocopias debidamente compulsadas de los mismos.

La lista que contenga la valoración de los méritos aportados en la fase del concurso se hará pública una vez terminada ésta, otorgándose un plazo de tres días hábiles a efectos de formular alegaciones y presentar cuántos documentos estimen pertinentes. Transcurrido el plazo de reclamaciones, se publicará el listado con la puntuación definitiva de esta fase.

Contra dicho acto sólo cabrá la interposición de los recursos administrativos correspondientes que no interrumpirán ni afectarán a la continuación del procedimiento.

La calificación definitiva del proceso selectivo será el resultado de sumar la puntuación obtenida en la fase de oposición a la obtenida en la fase de concurso. En caso de empate se resolverá por la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición, y de persistir el mismo, se resolverá por el criterio de mayor experiencia profesional. Si persiste el empate se resolverá mediante sorteo público.

8.- RELACION DE APROBADOS Y PRESENTACION DE DOCUMENTOS

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio que contendrá el aspirante seleccionado. Resultará seleccionado el que obtenga mayor puntuación.

Terminada la calificación, el Tribunal publicará la relación de todos los aspirantes con la puntuación obtenida, así como la propuesta del seleccionado, elevándose dicha relación a la Presidenta del Consejo Rector del Consorcio Museo Vostell Malpartida con la propuesta de contratación.

El candidato propuesto estará obligado a presentar, dentro del plazo máximo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del resultado, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria, excepto aquellos documentos que ya hayan sido presentados previamente. Si dentro del plazo indicado no presentase la documentación o no reuniera los requisitos exigidos, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas y libremente apreciadas por el Consorcio, quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir. En este caso, el C.M.V.M. efectuará el llamamiento a favor del aspirante que a continuación hubiera obtenido la mejor puntuación, aplicándose en caso de empate entre aspirantes las normas establecidas en estas bases.

9.- BOLSA DE TRABAJO

Se constituirá una bolsa de trabajo entre los aspirantes aprobados que hayan obtenido mejor puntuación.

El orden de prelación de los aspirantes en la bolsa de trabajo se establecerá aplicando sucesivamente los siguientes criterios:

El llamamiento se realizará por riguroso orden de puntuación, a través de cualquier medio de los que se haga constar en la solicitud entregada. La renuncia supone la exclusión del aspirante de la bolsa de trabajo, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias que impidan el desempeño del puesto y que sean debidamente acreditadas:

- Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
- Baja médica por enfermedad.
- Ejercicio de cargo público o representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
- Estar contratado por el C.M.V.M. en distinta categoría.

En estos casos se respetará el orden del aspirante en la bolsa de trabajo para los próximos ofrecimientos, siempre que se justificasen las situaciones anteriores en el plazo máximo de diez días desde que se hizo el ofrecimiento del puesto de trabajo. En caso contrario, será excluido de la lista.

En el supuesto de que la contratación laboral temporal sea por tiempo inferior o igual a un año, el aspirante se reincorporará a la bolsa de trabajo en el lugar que le correspondía previamente.

La lista de espera estará en vigor hasta que se realice una nueva convocatoria de pruebas selectivas o hasta que el C.M.V.M. lo determine.

10.- IMPUGNACION, INCIDENCIAS O RECURSOS

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o decisiones necesarias para el buen orden en aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo caso aplicable la normativa relacionada en las mismas, así como las demás normas concordantes de general aplicación.

Contra la presente convocatoria, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en los términos y con las limitaciones establecidos en el artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.

En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquel. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Las presentes bases, que regirán el proceso selectivo, se publicarán íntegramente en la sección de noticias y novedades de la página web del C.M.V.M. https://museovostell.juntaex.es/

Lo que se hace público para general conocimiento.


Malpartida de Cáceres, 20 de octubre de 2017
Dña. Miriam García Cabezas
Presidenta del Consejo Rector del Consorcio Museo Vostell Malpartida


ANEXO I.- TEMARIO

Gestión y asistencia a grupos turísticos. Preparación de itinerarios turísticos.

1. Preparación y desarrollo de itinerarios turísticos por la Comunidad Autónoma de Extremadura. Adecuación de itinerarios a las motivaciones y peculiaridades del grupo.

2. Técnicas de comunicación. Habilidades sociales. Cómo utilizar la voz. La postura corporal. Mantenimiento de la atención. Dinámica, dirección y liderazgo de grupos.

3. Las nuevas tecnologías como fuentes de información y promoción turística. La importancia de las redes sociales para el sector turístico.

4. DECRETO 37/2015, de 17 de marzo, por el que se regula la actividad profesional de Guía de Turismo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Patrimonio histórico-artístico, monumental, geográfico y natural de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Rutas turísticas de Extremadura.

5. Geografía regional de Extremadura. Características Generales. Clima, Orografía. Recursos económicos y humanos.

6. La Comarca Tajo-Salor-Almonte. Principales recursos paisajísticos y monumentales. Aprovechamiento turístico. Gastronomía y Fiestas de Interés Turístico de la Comarca.

7. Los principales Recursos Naturales de Extremadura. El Monumento Natural de Los Barruecos. Paisaje, fauna y flora. Aprovechamiento turístico del Monumento Natural de Los Barruecos.

8. Museos, colecciones y centros de interpretación de la región extremeña. El arte contemporáneo en Extremadura.

El Museo Vostell Malpartida.

9. Estatutos del Consorcio del Museo Vostell Malpartida.

10. Wolf Vostell y su incursión en la historia del arte.

11. Las colecciones del Museo Vostell Malpartida. El grupo artístico Fluxus y su importancia en la Historia del Arte.

12. El Lavadero de lanas de Los Barruecos. Ejemplo de arquitectura industrial unida al fenómeno histórico de la trashumancia.


ANEXO II.- SOLICITUD

DE PARTICIPACIÓN EN PRUEBAS SELECTIVAS PARA CUBRIR UNA PLAZA DE GUÍA LABORAL EN RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN TEMPORAL DEL CONSORCIO MUSEO VOSTELL MALPARTIDA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION.

NOMBRE Y APELLIDOS:
FECHA NACIMIENTO:
DNI:
DIRECCIÓN POSTAL:
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO:
TELÉFONO FIJO Y MÓVIL:

EXPONE:
Que solicita ser admitido/a como aspirante para participar en las pruebas selectivas para cubrir una plaza de GUÍA LABORAL TEMPORAL del Consorcio Museo Vostell Malpartida, mediante el sistema de concurso-oposición, según bases de 23 de octubre de 2017 publicadas en la página web, Facebook, Instagram y tablón de anuncios del Consorcio Museo Vostell Malpartida.
Que cumplo todos los requisitos para participar en las pruebas selectivas.

RELACIÓN DE DOCUMENTOS APORTADOS:
A/ Acreditativos de requisitos de admisión:
1.- Copia del DNI.
2.- Acreditación de los requisitos b y c recogidos en el punto 2 de estas bases.

_________________, a ____ de ___________ de 2017


Fdo.- __________________________


AL DIRECTOR GERENTE DEL CONSORCIO MUSEO VOSTELL MALPARTIDA